Publicación: 16 de julio de 2025

Fuente oficial: Resolución Conjunta 2/2025 (Ministerios de Economía y Justicia)

¿Qué estableció el Gobierno?

La Resolución reglamenta el Decreto de Necesidad y Urgencia 1017/2024, que habilita las “hipotecas divisibles” para proyectos inmobiliarios.

¿Para qué sirve?

Permite constituir hipotecas sobre desarrollos en pozo o lotes antes de la subdivisión final. Al dividir el terreno o edificio, se divide también la deuda y la garantía hipotecaria, de modo que cada comprador asume solo su parte.

¿Cuáles son los requisitos?

  1. El inmueble debe estar libre de gravámenes o éstos deben estar reconocidos por el banco.
  2. Debe existir un proyecto urbanístico que describa cómo se subdividirá el inmueble.
  3. El contrato inicial debe prever que, tras la división, tanto el crédito como la garantía se repartan entre los lotes o unidades, y cada comprador asuma su parte.

Registro y posibilidad financiera

  • El Registro de la Propiedad debe diferenciar que se trata de una hipoteca divisible.
  • Las partes pueden autorizar la cesión, securitización, fideicomisos o emisión de letras hipotecarias sobre el crédito.

Derecho real de superficie

También se reglamentó que se pueden hipotecar los derechos de superficie (rasante, vuelo o subsuelo), aportando mayor flexibilidad en proyectos sobre terrenos ajenos.

Ventajas concretas

– Más oferta de inmuebles financiables desde etapas iniciales.

– Facilita el acceso al crédito hipotecario “en pozo” o lotes sin subdividir.

– Aumenta la certidumbre jurídica para inversionistas y desarrolladores.