Publicación: 16 de julio de 2025
Fuente oficial: Resolución Conjunta 2/2025 (Ministerios de Economía y Justicia)
¿Qué estableció el Gobierno?
La Resolución reglamenta el Decreto de Necesidad y Urgencia 1017/2024, que habilita las “hipotecas divisibles” para proyectos inmobiliarios.
¿Para qué sirve?
Permite constituir hipotecas sobre desarrollos en pozo o lotes antes de la subdivisión final. Al dividir el terreno o edificio, se divide también la deuda y la garantía hipotecaria, de modo que cada comprador asume solo su parte.
¿Cuáles son los requisitos?
- El inmueble debe estar libre de gravámenes o éstos deben estar reconocidos por el banco.
- Debe existir un proyecto urbanístico que describa cómo se subdividirá el inmueble.
- El contrato inicial debe prever que, tras la división, tanto el crédito como la garantía se repartan entre los lotes o unidades, y cada comprador asuma su parte.
Registro y posibilidad financiera
- El Registro de la Propiedad debe diferenciar que se trata de una hipoteca divisible.
- Las partes pueden autorizar la cesión, securitización, fideicomisos o emisión de letras hipotecarias sobre el crédito.
Derecho real de superficie
También se reglamentó que se pueden hipotecar los derechos de superficie (rasante, vuelo o subsuelo), aportando mayor flexibilidad en proyectos sobre terrenos ajenos.
Ventajas concretas
– Más oferta de inmuebles financiables desde etapas iniciales.
– Facilita el acceso al crédito hipotecario “en pozo” o lotes sin subdividir.
– Aumenta la certidumbre jurídica para inversionistas y desarrolladores.
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