• COMENZARÁ A REGIR EN AGOSTO • MODIFICARÁ CONTRATOS
• COMENZARÁ A REGIR EN AGOSTO • MODIFICARÁ CONTRATOS
El nuevo Código Civil y Comercial que comenzará a regir el 1 de agosto próximo hará que las inmobiliarias, las escribanías y los usuarios en general deban actualizarse en cuanto a modificación de plazos de alquileres, la moneda a usar en las contrataciones, la formalización de los contratos, entre otros temas.
Mario Gómez, miembro del consejo directivo y titular de la Comisión de Capacitación del Colegio Profesional Inmobiliario (Cucicba), indicó que en materia de alquileres se modificará el plazo mínimo de contratación.Actualmente, los contratos de alquiler residencial tienen un mínimo de dos años y los comerciales de tres. A partir de agosto, ambos tipos de rentas tendrán un plazo mínimo de dos años.
También se modificará el plazo máximo, ya que antes era de 10 años para todos los destinos y ahora será de 20 años para viviendas y de 50 años para el resto de los casos.
«Esto es útil cuando un comercio o un hotel, un banco o un restorán alquila un terreno y construye un edificio.De esta manera, al ser el plazo de 50 años, la empresa amortiza el gasto de la construcción sin necesidad de comprar la tierra. Asimismo, el alquiler de la tierra se descuenta de impuestos», explicó.
En cuanto al alquiler temporario, se limitó su plazo, ya que de un máximo de seis meses pasará a ser de tres meses. «El plazo muy prolongado de un alquiler temporario se convierte en una competencia con la hotelería», reflexionó el especialista.
En cuanto a la moneda a usar en las contrataciones, el nuevo Código indica que si un contrato se firma en dólares y se cancela en moneda local, deberá hacérselo al cambio oficial. «Como el Código aún no está vigente, la interpretación dependerá de la jurisprudencia», reflexionó Gómez, y dijo que «la otra mitad de la biblioteca interpreta que si se pacta un contrato en moneda extranjera se puede acreditar que el inquilino pague en moneda billete que comprará en Montevideo, Uruguay, o a través de bonos externos».
Fuente: ambito.com / Economia / Panorama Inmobiliario / Fecha: 26 de junio de 2015.-
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